El documento indicó que la operación continua del transporte y el funcionamiento de puertos, aeropuertos, carreteras y autopistas queda garantizada por las autoridades federales.
La Secretaría de Salud (SSA) dio a conocer el acuerdo que ordena la suspensión de labores en la Administración Pública Federal y en el sector productivo de todo el territorio nacional, de 1 al 5 de mayo de 2009.
Las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación indican que se exceptúan aquellas actividades que resulten indispensables para hacer frente de manera oportuna y eficaz a la situación de emergencia que vive el país.
Expuso que en el sector privado continuarán laborando empresas, negocios, establecimientos mercantiles y todos aquellos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, como hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios y servicios médicos.
También las operaciones financieras, telecomunicaciones, medios de información, servicios hoteleros y de restaurantes siempre y cuando no correspondan a espacios cerrados con aglomeraciones, gasolineras, mercados, supermercados, misceláneas, servicios de transportes y distribución de gas.
El documento indicó que la operación continua del transporte y el funcionamiento de puertos, aeropuertos, carreteras y autopistas queda garantizada por las autoridades federales.
Señaló que los titulares de las instituciones públicas determinarán las áreas que seguirán prestando los servicios y las indispensables para afrontar la situación de emergencia, a fin de garantizar la suficiencia, oportunidad y continuidad en la prestación de servicios y provisión de bienes necesarios para la población.
El acuerdo, que entrará en vigor el 1 de mayo y estará vigente hasta el día 5 del mismo mes, exhorta a todas las entidades federativas y municipios a que se sumen a estas medidas.
Además las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a lo previsto en los contratos individuales, colectivos, contratos ley o condiciones generales de trabajo que correspondan, durante el plazo referido y al amparo de la Ley Federal del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 constitucional. México, D.F. Notimex (Milenio)
jueves, 30 de abril de 2009
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