Organismos estatales deben reportarle anomalías, resuelve
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Instituto Federal Electoral (IFE) es el único facultado para sancionar y suspender las campañas negras en radio y televisión, tanto federales como locales.
El IFE, precisó la Suprema Corte, tiene plena facultad para frenar y sancionar la propaganda denigrante o calumnias que se difundan como parte de la competencia por los puestos de elección federal y la que se genere en las contiendas por las gubernaturas, alcaldías y congresos locales.
Dicho criterio es parte del estudio del alto tribunal en torno a las reformas electorales de Coahuila —mediante las cuales se modificó la Constitución local y el Código Electoral de la entidad— y que fueron impugnadas por el PRD, Convergencia y PT.
Los precedentes en este caso, anunció el presidente del tribunal, Guillermo Ortiz Mayagoitia, servirán para resolver 26 juicios de acciones de inconstitucionalidad contra las reformas en los estados, en respuesta a recientes modificaciones a la Constitución en la materia.
Como parte de su revisión en Coahuila, la SCJN determinó que los institutos electorales estatales pueden monitorear a los medios en procesos electorales y la propaganda que difunden.
Pero, detalló, no pueden suspender o sancionar; el IFE es el único facultado para suspender y castigar campañas negras por radio y televisión.
De ahí que si, por ejemplo, el Instituto Electoral de Coahuila, detecta propaganda que considere negativa o violatoria de normas tendrá que hacarlo saber al IFE, para que éste adopte las medidas necesarias.
La Suprema Corte emitió estos criterios al anular dos apartados del artículo 323 del Código Electoral de Coahuila en el que dotaba de facultades al instituto local para suspender y sancionar toda propaganda negativa.
Al concluir la revisión del caso después de nueve sesiones, la ministra Margarita Luna Ramos explicó que entre otros puntos, en este asunto la Corte también resolvió que los institutos electorales no tengan facultades para verificar los compromisos de campaña de partidos y que los legisladores pueden cambiar de bancada y abandonar las siglas del partido con el cual llegaron al cargo, entre otros puntos. México, D.F. Carlos Avilés (El Universal)
viernes, 29 de mayo de 2009
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